-¡Código Penal Dominicano desbocado: 90 nuevos crímenes, penas de hasta 40 años y aborto exento de culpa!-
Con la firma del nuevo Código Penal —que entrará en vigor dentro de un año— el país se enfrenta a una avalancha de 90 delitos inéditos, un arsenal de sanciones agravadas y hasta eximentes insospechados. La “comisión milagrosa” de legisladores introdujo 163 enmiendas y entregó un proyecto a todas luces más complejo que un laberinto jurídico.
Más delito, más pena… y también más multa
Feminicidio y homicidio agravado: penas de 30 a 40 años de prisión mayor, con multas que oscilan entre 50 y 1,000 salarios mínimos públicos.
Violencia intrafamiliar: de 2 a 5 años de prisión menor y hasta 15 salarios mínimos de multa por maltrato psicológico, económico o patrimonial.
Dopaje y bulling: condenas de hasta 20 años de cárcel y sanciones económicas, si la víctima es menor o persona vulnerable.
Anticorrupción al volante… y al escritorio
Amplía las figuras de cohecho, tráfico de influencias y malversación de fondos, unificando infracciones afines para agravar la reincidencia.
Introduce prisión de 5 a 10 años al propietario de locales que, por negligencia, provoque tragedias (hola, Jet Set).
Agrega delitos de carreras clandestinas: de 2 a 20 años para motociclistas que, en “calibración”, dejen muertos o heridos.
Derechos del detenido (por fin)
Quien impida llamadas a familia o abogado asumirá de 15 días a 1 año de prisión menor y multas triplicadas sobre su salario público.
El detenido podrá grabar su arresto, salvo que obstruya el procedimiento, aunque “no publique el video sin permiso de la víctima”.
Y el gran giro: aborto despenalizado… con condiciones
Salvaguardar la vida de la madre, el feto o ambos queda exento de sanción, siempre que el personal médico especializado haya agotado todos los medios científicos y técnicos disponibles. Madres y médicos, por fin, librados de responsabilidad penal en casos extremos.
Semilibertad y complicidad
Regula la semilibertad: penas breves permiten combinar rejas con libertad vigilada.
Define cómplice a quien contribuye antes o durante el delito, con penas solo “inmediatamente inferiores” a las del autor principal.
Este Código, mezcla de purgatorio y santoral penal, promete debates acalorados el próximo año: ¿demasiados delitos, pocas certezas? El reloj avanza y el legislador aún puede afinar la partitura.
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