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- Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal
- Corporación Federal de Seguros de Depósito
- Departamento de Comercio y Asuntos del Consumidor de Hawái
- Administración Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito
- Contraloría de la Moneda
La Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal, la Corporación Federal de Seguros de Depósitos, la División de Instituciones Financieras del Departamento de Comercio y Asuntos del Consumidor de Hawái, la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito y la Oficina del Contralor de la Moneda, colectivamente las agencias, reconocer el grave impacto de los recientes incendios forestales de Hawái en los clientes y las operaciones de muchas instituciones financieras y brindará la asistencia reglamentaria adecuada a las instituciones afectadas sujetas a su supervisión.
Las agencias alientan a las instituciones que operan en las áreas afectadas a satisfacer las necesidades de servicios financieros de sus comunidades.
Puede encontrar una lista completa de las áreas de desastre afectadas en https://www.fema.gov/disasters .
Préstamo: Las agencias alientan instituciones financieras para trabajar constructivamente con los prestatarios en las comunidades afectadas por los incendios forestales de Hawái.
Los esfuerzos prudentes para ajustar o alterar los términos de los préstamos existentes en las áreas afectadas cuentan con el respaldo de las agencias y no deben estar sujetos a la crítica del examinador.
De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en los EE. UU., las instituciones deben evaluar individualmente las modificaciones de los préstamos existentes para determinar si representan reestructuraciones de deuda en problemas o modificaciones a los prestatarios que experimentan dificultades financieras, según corresponda.
Al hacer esta evaluación, las instituciones deben considerar los hechos y circunstancias de cada prestatario y modificación.
Al supervisar las instituciones afectadas por los incendios forestales de Hawái, las agencias considerarán las circunstancias inusuales que enfrentan estas instituciones.
Instalaciones temporales: las agencias entienden que muchas instituciones financieras enfrentan desafíos de personal, energía, telecomunicaciones y otros desafíos al reabrir las instalaciones después de los incendios forestales de Hawái.
En los casos en los que persistan los desafíos operativos, el principal regulador federal y/o estatal acelerará, según corresponda, cualquier solicitud para operar instalaciones temporales para brindar una disponibilidad de servicios más conveniente para los afectados por los incendios forestales de Hawái.
En la mayoría de los casos, un aviso telefónico al principal regulador federal y/o estatal será suficiente inicialmente para iniciar el proceso de aprobación, y poco después se enviará la notificación por escrito necesaria.
Requisitos de publicación: las agencias entienden que el daño causado por los incendios forestales de Hawái puede afectar el cumplimiento de la publicación y otros requisitos para el cierre de sucursales, reubicaciones e instalaciones temporales según diversas leyes y reglamentos. Las instituciones que experimentan dificultades relacionadas con el desastre para cumplir con cualquier publicación u otros requisitos deben comunicarse con su principal regulador federal y/o estatal.
Requisitos reglamentarios de informes: las instituciones afectadas por los incendios forestales de Hawái que esperan tener dificultades para cumplir con los requisitos de informes de las agencias deben comunicarse con su principal regulador federal y/o estatal para analizar su situación.
Las agencias no esperan imponer multas ni tomar otras medidas de supervisión contra las instituciones que toman medidas razonables y prudentes para cumplir con los requisitos reglamentarios de presentación de informes de las agencias si esas instituciones no pueden satisfacer plenamente esos requisitos debido a los incendios forestales de Hawái.
El personal de las agencias está listo para trabajar con las instituciones afectadas que puedan tener problemas para cumplir con sus responsabilidades de presentación de informes, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada institución, incluido el estado de sus sistemas de presentación de informes y mantenimiento de registros y la condición de sus registros financieros subyacentes.
Ley de Reinversión Comunitaria (CRA): Las instituciones financieras pueden recibir consideración de CRA para préstamos, inversiones o servicios de desarrollo comunitario que revitalizan o estabilizan áreas de desastre designadas por el gobierno federal en sus áreas de evaluación o en los estados o regiones que incluyen sus áreas de evaluación. Para obtener información adicional, consulte las Preguntas y respuestas interinstitucionales sobre la reinversión comunitaria en https://www.ffiec.gov/cra/qnadoc.htm .
Inversiones: se alienta a las instituciones a monitorear los valores y préstamos municipales afectados por los incendios forestales de Hawái. Las agencias se dan cuenta de que los proyectos del gobierno local pueden verse afectados negativamente por el desastre y alientan a las instituciones a realizar un seguimiento adecuado y realizar esfuerzos prudentes para estabilizar dichas inversiones.
Para obtener más información, consulte la Guía del examinador supervisor interinstitucional para instituciones afectadas por un desastre mayor , que está disponible de la siguiente manera:
CSBS: https://www.csbs.org/interagency-supervisory-examiner-guidance-institutions-affected-major-disaster
FDIC: