SANTO DOMINGO.- Los legisladores de la Cámara Alta decidieron darle el primer visto bueno que necesita el proyecto de ley de Extinción de Dominio, con 24 votos a favor de los 27 senadores presentes.
El proyecto será leído cuando los legisladores lo conozcan en primera lectura y luego pasará a la Cámara de Diputados para su conocimiento.
El legislador del Partido de la Liberación Dominicana, Ivan Lorenzo se quejó de que los legisladores de la bancada del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), removieron la elusión fiscal del proyecto para así evitar señalamientos por la misma.
“Quieren hacerla mal hecha para construir una narrativa falsa de que fueron ellos que lo hicieron”, afirmó el legislador e indicó que de aprobarse como una ley ordinaria el Tribunal Constitucional no lo aceptaría.
En ese sentido fue emitido un informe disidente, el cual fue rechazado porque con el mismo se pretendía cambiar el nombre del proyecto para que se tratara como una ley orgánica.
De otro lado, el senador de la provincia de Pedernales, Dionis Sánchez solicitó que la pieza fuera devuelta a la comisión bicameral para ser enviada a vistas públicas para que sea conocida por la ciudadanía, solicitud que fue rechazada por la mayoría constituida por el partido oficial.
La “extinción de dominio” consiste en la declaración judicial de la extinción del derecho de propiedad, control, disposición o posesión sobre bienes que hayan sido adquiridos mediante el fruto de actividades ilícitas o contrarias a la ley.
Los hechos ilícitos susceptibles a la extinción de dominio son el tráfico ilegal de drogas, sustancias controladas, humanos, personas, órganos y armas; infracciones relacionadas al terrorismo; pornografía infantil, secuestro, extorsión, y falsificación de monedas, entre otros.
Un aspecto que limita el proyecto de ley, es lo referente al destino de los bienes ilícitos incautados tras lograr una sentencia definitiva sobre el juicio de extinción de dominio.
Se establece, que resuelto los relativo a derechos preferentes, descontados los gastos de administración o el saldo de deudas, así como incinerados o destruidos aquellos bienes perjudiciales a la sociedad, se procederá la distribución de lo restante a favor del Estado Dominicano “de conformidad con la ley de régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio”.