InicioIBEROAMERICACÓDIGO PENAL DOMINICANO DESBOCADO: 90 NUEVOS CRÍMENES Y ABORTO EXENTO DE CULPA

CÓDIGO PENAL DOMINICANO DESBOCADO: 90 NUEVOS CRÍMENES Y ABORTO EXENTO DE CULPA

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-¡Código Penal Dominicano desbocado: 90 nuevos crímenes, penas de hasta 40 años y aborto exento de culpa!-

Con la firma del nuevo Código Penal —que entrará en vigor dentro de un año— el país se enfrenta a una avalancha de 90 delitos inéditos, un arsenal de sanciones agravadas y hasta eximentes insospechados. La “comisión milagrosa” de legisladores introdujo 163 enmiendas y entregó un proyecto a todas luces más complejo que un laberinto jurídico.

Más delito, más pena… y también más multa

Feminicidio y homicidio agravado: penas de 30 a 40 años de prisión mayor, con multas que oscilan entre 50 y 1,000 salarios mínimos públicos.

Violencia intrafamiliar: de 2 a 5 años de prisión menor y hasta 15 salarios mínimos de multa por maltrato psicológico, económico o patrimonial.

Dopaje y bulling: condenas de hasta 20 años de cárcel y sanciones económicas, si la víctima es menor o persona vulnerable.

Anticorrupción al volante… y al escritorio

Amplía las figuras de cohecho, tráfico de influencias y malversación de fondos, unificando infracciones afines para agravar la reincidencia.

Introduce prisión de 5 a 10 años al propietario de locales que, por negligencia, provoque tragedias (hola, Jet Set).

Agrega delitos de carreras clandestinas: de 2 a 20 años para motociclistas que, en “calibración”, dejen muertos o heridos.

Derechos del detenido (por fin)

Quien impida llamadas a familia o abogado asumirá de 15 días a 1 año de prisión menor y multas triplicadas sobre su salario público.

El detenido podrá grabar su arresto, salvo que obstruya el procedimiento, aunque “no publique el video sin permiso de la víctima”.

Y el gran giro: aborto despenalizado… con condiciones
Salvaguardar la vida de la madre, el feto o ambos queda exento de sanción, siempre que el personal médico especializado haya agotado todos los medios científicos y técnicos disponibles. Madres y médicos, por fin, librados de responsabilidad penal en casos extremos.

Semilibertad y complicidad

Regula la semilibertad: penas breves permiten combinar rejas con libertad vigilada.

Define cómplice a quien contribuye antes o durante el delito, con penas solo “inmediatamente inferiores” a las del autor principal.

Este Código, mezcla de purgatorio y santoral penal, promete debates acalorados el próximo año: ¿demasiados delitos, pocas certezas? El reloj avanza y el legislador aún puede afinar la partitura.

rodriguezsluism9@gmail.com

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