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PROCURADORA ADJUNTA Y CANCILLER DICEN INFORME ONU SOBRE JEAN ALAIN ES UN ADEFESIO JURIDICO

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SANTO DOMINGO.- La procuradora adjunta, Yeni Berenice Reynoso, y el Ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez fijaron su posición este viernes sobre el informe de un grupo de la ONU, que calificó como arbitraria la prisión en contra del procurador Jean Alain Rodríguez.

Ambos funcionarios calificaron dicho informe de «falso y manipulado». El canciller dijo que el mismo no llega ni siquiera a «un adefesio jurídico».

Aseguró que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria «no tiene capacidad alguna para emitir sentencia, como sí puede, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero tampoco tiene el Grupo de Trabajo competencia alguna para ni siquiera emitir un dictamen, atributo que sí tiene el Comité de Derechos Humanos, dictamen que no es de cumplimiento obligatorio por los Estados parte en el tratado».

La Procuradora adjunta sostuvo que es «absolutamente falso el argumento que el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, ha sido objeto de persecución por su participación en la investigación del caso Odebrecht».

Agregó que «aunque el citado Grupo de Trabajo lamenta que República Dominicana no haya dado respuesta a los argumentos de Rodríguez Sánchez dentro del plazo, resulta que el país pidió una prórroga a la que tenía derecho conforme al procedimiento establecido, pero la misma, en un hecho poco común, nos fue negada»

«El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria es un órgano que no fue creado por un tratado sino por una resolución del Consejo de Derechos Humanos que fue establecido por una resolución de la Asamblea General de la ONU. No tiene capacidad alguna para emitir sentencia, como si puede, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero tampoco tiene, el Grupo de Trabajo, competencia alguna para ni siquiera emitir un dictamen, atributo que, si tiene el Comité de Derechos Humanos, dictamen que no es de cumplimiento obligatorio por los Estados Parte en el tratado», estableció el canciller Álvarez.

El titular del Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex) resaltó que en todo caso que las decisiones de ese grupo de trabajo si fueran vinculantes con los poderes públicos dominicanos, primero tendría que ser aprobado por Congreso Nacional.

«Así lo dispuso la sentencia 256-14 del Tribunal Constitucional dominicano al establecer, en relación al reconocimiento por parte del gobierno dominicano de la jurisdicción obligatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de que, al no haber sido sometida al Congreso Nacional, era inconstitucional; si este es un requisito establecido por nuestro Tribunal Constitucional para un órgano superior como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con mayor razón, lo sería para un órgano que no es ni de primer o segundo orden en la jerarquía de los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos», explicó el funcionario, quien agregó que solo tres tribunales internacionales que pueden emitir sentencias vinculantes para República Dominicana.

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