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esto perfila el Tribunal Electoral

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¿Qué dijo AMLO y qué dicen las sentencias?

Actualmente, hay divergencia sobre en cuántas mañaneras el presidente López Obrador incurrió en las violaciones legales y constitucionales denunciadas y confirmadas, sobre todo porque fueron muchas las conferencias, actos, giras, denunciadas, y aún se encuentran en tres instancias.

Estas son el INE que sustancia los casos; la Sala Regional en primera instancia y la Sala Superior, en definitiva.

Por ahora, son pocos los casos en los que ya hay sentencia firme y se refieren ya específicamente al periodo de campañas, pues las expresiones con carácter electoral de López Obrador han sido denunciadas prácticamente desde 2022 y todo 2023, en que adelantó los tiempos al nombrar a sus “corcholatas” o aspirantes a sucederlo en el cargo y se desató un activismo de él y sus compañeros de partido para hablar de la elección de este 2024.

Además, los expedientes se han acumulado, y por cada uno se han resuelto bloques de hasta 32 mañaneras. Los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) fueron los que más quejas promovieron, pero no tienen el récord de cuantas sentencias han logrado acreditar que el presidente incurrió en las violaciones constitucionales y legales en estos años.

La excandidata del bloque opositor, Xóchitl Gálvez, aseguró antes de la elección que ya se tenía que en 34 mañaneras se demostraron las irregularidades, y de hecho el proyecto de resolución sobre la calificación presidencial analizó las frases presentadas por la oposición para acreditar que el presidente usó sus mañaneras para ensalzar la figura de Sheinbaum y denostar a la oposición y a su candidata.

En diciembre de 2023, López Obrador aprovechó una portada del periódico Reforma en la que aparece el nombre de Xóchitl Gálvez para descalificar la búsqueda de una alianza opositora.

Esas frases fueron emitidas en 34 conferencias, eventos y giras del mandatario, aunque hay decenas de mañaneras y casos pendientes en los que los denunciantes aseguran que existen las mismas infracciones que ya confirmadas por el Tribunal en otros casos.

De las 34 conferencias citadas en el proyecto, sólo 25 se realizaron ya iniciado el proceso electoral. De ellas, nueve son del año 2023, antes del arranque del proceso, 10 más se presentaron en el periodo previo o ya precampañas e intercampañas y 15 fueron durante las campañas.

Involucran –según la oposición– la participación electoral del presidente, una mañanera cada tercer día de la primera quincena de marzo, y una cada tercer día de la segunda quincena de los meses de abril y de mayo.

Sin embargo, de acuerdo al proyecto no es suficiente para “tener por acreditada la intervención sistemática y reiterada por parte del presidente”, pues se explica que lo que no se probó no fue el contenido denunciado, sino el impacto de lo dicho por el mandatario en el voto.

“Si en un lapso de 17 meses en que se difundieron más de 342 conferencias matutinas solo se acreditan las expresiones que consideran posiblemente irregulares de la normativa en 34 de ellas”, se valora.

Sin embargo, en el documento no se incluyeron sentencias ya firmes emitidas por la Sala Superior en las que sí se acreditó la injerencia indebida y violaciones constitucionales en que ha incurrido el presidente, a pesar de que el borrador fue presentado el 24 de julio y una semana antes, el día 17 de julio, la misma Sala Superior confirmó que se vulneró la ley y se afectó la equidad ya dentro del periodo de campañas, en cuando menos tres conferencias mañaneras. Estas fueron los días 12 de abril, el 21 y el 22 de marzo.

El 12 de abril en su conferencia, el presidente hizo un amplio balance de gobierno, compromisos cumplidos y compromisos futuros, por ejemplo en restitución de tierras a los pueblos yaquis 50,000 hectáreas, habló de su propuesta de reforma a las pensiones, la creación del Fondo del Bienestar y la fecha de entrega de las primeras pensiones, habló de los avances en desarrollo económico y puso al aire las frases de un periodista con la exposición de esos resultados de su gobierno.

Por ello, se confirmó que el presidente incurrió en “vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en su vertiente de uso indebido de recursos públicos, concretamente humanos y materiales, respecto de la organización y difusión de la conferencia denunciada y, por tanto, la afectación a la equidad en la contienda”.

Además, se dio por acreditada la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada, vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, pues “las expresiones analizadas generaron un impacto real o influencia indebida en los procesos electorales federal y locales concurrentes”.

Otra sentencia ya firme fue emitida con relación a la conferencia mañanera del 22 de marzo, realizada en Coatzacoalcos, Veracruz, donde se renovó el gobierno local y la Sala Superior confirmó que hubo injerencia en este caso en el proceso local.

En esa ocasión, López Obrador defendió a la entonces candidata al gobierno de Veracruz, Rocío Nahle García –por esas fechas acusada de supuesto enriquecimiento- y también al gobernador de dicha entidad, Cuitláhuac García Jiménez.

En defensa de la morenista, el mandatario afirmó: “esa persona a la que se le quiere hacer el mal, por la temporada, ya ven que como está la temporada de la piña, la temporada del mango, del chayote, o sea… Por cierto… Bueno, así, por la temporada, por lo que yo sé y me consta, esa persona es honesta” dijo, y el gobernador mencionó por su nombre a Nahle como la persona honrada a la que hizo referencia el presidente.

Una tercera conferencia en periodo de campaña cuyo contenido fue considerado irregular, involucró a Alicia Bárcena, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y fue realizada el pasado 21 de marzo.

La Sala Superior concluyó que ambos funcionarios difunderon propaganda gubernamental en periodo prohibido, vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad, e hicieron uso indebido de recursos públicos, todo lo cual está prohibido en la Constitución.

En sus sentencias, la Sala Superior ha establecido que son exigibles la imparcialidad y la equidad en los procedimientos electorales “para impedir el uso del poder público a favor o en contra de cualquier partido político o candidato a cargo de elección popular; así como el uso de éste para promover ambiciones personales de índole política”.

Además, para “blindar la democracia mexicana evitando el uso del dinero público para incidir en la contienda electoral y de la propaganda institucional con fines electorales, y exigir a quienes ocupan cargos de gobierno total imparcialidad en las contiendas electorales”, lo que, a juicio de los magistrados, ha sido incumplido.



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